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Accidentes de tránsito

Abogado de accidente de tránsito en Chile

Si usted o un familiar resultó lesionado o falleció en un accidente de tránsito o un atropello, el SOAP no basta: el daño moral y el ingreso que se pierde se reclaman al responsable. Evaluamos su caso sin costo.

El SOAP cubre poco: el resto se demanda

El seguro obligatorio (SOAP, Ley 18.490) paga gastos médicos y muerte hasta un tope en UF, sin discutir de quién fue la culpa. Es útil para lo inmediato, pero no repara el daño moral ni el lucro cesante de quien queda con secuelas o de la familia de quien fallece. Esa reparación se obtiene demandando al responsable del accidente.

Contra quién se demanda

El accidente de tránsito con lesiones o muerte es un cuasidelito: hay responsabilidad civil extracontractual (arts. 2314 y 2329 del Código Civil) y, cuando corresponde, responsabilidad penal. Se demanda de forma solidaria al conductor culpable y al dueño del vehículo (art. 169 de la Ley 18.290), lo que asegura un patrimonio para responder. Si el conductor manejaba ebrio, la Ley Emilia agrava su situación.

Qué se puede reclamar

El daño emergente (reparaciones, gastos médicos), el lucro cesante por la pérdida de capacidad de trabajo, y el daño moral por el sufrimiento y las secuelas. En los accidentes fatales, los familiares reclaman su daño moral por rebote. La acción civil puede ejercerse en el proceso penal o en un juicio civil.

Casos que atendemos

Cómo se cuantifica el daño moral · Plazos para demandar

Guía: demanda por accidente de tránsito grave o fatal

Guía: indemnización por atropello

4 añosPlazo para demandar desde el hecho (art. 2332 CC)
SolidariaSe demanda al conductor y al dueño del vehículo (art. 169 Ley 18.290)
Sin costoLa evaluación inicial de su caso

Preguntas frecuentes

¿A quién se puede demandar en un accidente de tránsito?

De forma solidaria al conductor culpable y al dueño del vehículo inscrito en el registro.

  • Fundamento: art. 169 de la Ley 18.290.
  • La solidaridad asegura un patrimonio para el pago.
El SOAP no cubrió todo, ¿qué hago?

El SOAP tiene topes y no repara el daño moral ni el lucro cesante. La diferencia se demanda al responsable.

  • El SOAP cubre gastos médicos y muerte hasta un límite en UF.
  • El daño moral y el lucro cesante se reclaman aparte.
El responsable conducía ebrio, ¿cómo se cobra?

La acción civil puede ir dentro del proceso penal o reservarse para un juicio civil posterior.

  • La Ley Emilia agrava la responsabilidad del conductor.
  • Se puede demandar el daño patrimonial y el daño moral.

Cuéntenos su caso

Una conversación breve basta para saber si hay algo que demandar. La evaluación no tiene costo y le respondemos el mismo día hábil, escriba por donde escriba.

Si prefiere que lo llamemos nosotros, deje su caso en el formulario. Con su teléfono nos basta para contactarlo.

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