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Derecho del consumidor

Abogado de derecho del consumidor

Si una empresa le vendió un producto fallado, no cumplió lo prometido o le cobró de forma indebida, la Ley del Consumidor le permite exigir la reparación y, además, una indemnización. Evaluamos su caso sin costo.

Qué protege la Ley del Consumidor

La Ley 19.496 protege a quien contrata como consumidor final. Ante una infracción, se puede perseguir una multa a beneficio fiscal y, sobre todo, la indemnización de todos los perjuicios que el hecho causó, incluido el daño moral. La responsabilidad recae en el proveedor y, de forma solidaria según el caso, en el importador o el fabricante.

Casos frecuentes

La garantía legal

Ante un producto fallado, usted elige libremente entre el cambio, la reparación o la devolución del dinero, dentro de seis meses desde la entrega. Es un mínimo legal irrenunciable: ninguna cláusula puede quitárselo, y la tienda no puede obligarlo a pasar primero por el servicio técnico si usted optó por otra vía.

Las vías: SERNAC, Policía Local y demanda colectiva

Se puede reclamar ante el SERNAC (mediación), demandar de forma individual ante el Juzgado de Policía Local, o sumarse a una demanda colectiva cuando muchos consumidores fueron afectados por lo mismo. La elección depende del caso y de lo que se busca reparar.

Cómo se cuantifica el daño moral · Plazos para demandar

6 mesesGarantía legal para exigir cambio, reparación o devolución
2 añosPrescripción de la acción infraccional desde el cese (art. 26 Ley 19.496)
Sin costoLa evaluación inicial de su caso

Preguntas frecuentes

¿Qué plazo tengo para demandar por la Ley del Consumidor?

La acción infraccional prescribe en dos años desde que cesó la infracción; la acción civil de indemnización, en cinco años.

  • Infraccional: art. 26 de la Ley 19.496.
  • Civil: art. 2515 del Código Civil.
  • No confundir con la garantía legal de 6 meses.
¿Cómo funciona la garantía legal?

Ante un producto fallado, elige libremente entre cambio, reparación o devolución, dentro de seis meses desde la entrega.

  • Es un mínimo legal irrenunciable.
  • Ninguna cláusula puede quitárselo.
¿A quién se demanda y ante qué tribunal?

Ante el SERNAC, el Juzgado de Policía Local o mediante demanda colectiva.

  • Responde el proveedor.
  • De forma solidaria el importador o fabricante según el caso.
¿Se puede pedir daño moral en materia de consumo?

Sí, además de la multa y la devolución de lo pagado.

  • Se demanda la indemnización de todos los perjuicios.
  • Incluido el daño moral cuando el hecho lo justifica.

Cuéntenos su caso

Una conversación breve basta para saber si hay algo que demandar. La evaluación no tiene costo y le respondemos el mismo día hábil, escriba por donde escriba.

Si prefiere que lo llamemos nosotros, deje su caso en el formulario. Con su teléfono nos basta para contactarlo.

Déjenos su caso

Respondemos el mismo día hábil.

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