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Accidentes del trabajo

Enfermedad profesional

La silicosis, la sordera por ruido o una lesión de columna causadas por el trabajo pueden dar derecho a una indemnización del empleador, más allá de lo que reconoce la mutual. Evaluamos su caso sin costo.

Cuándo la enfermedad da derecho a demandar

Una enfermedad es profesional cuando la causa directa está en el trabajo o en las condiciones en que se realiza. La mutual la reconoce y entrega prestaciones, pero cuando la enfermedad se produjo porque el empleador no adoptó las medidas de prevención exigibles —exposición a sílice sin protección, ruido sin resguardo, sobreesfuerzos sin ajustes—, se puede demandar la reparación del daño moral y del lucro cesante que la mutual no cubre.

Enfermedades frecuentes

El plazo se cuenta desde el diagnóstico

En la enfermedad profesional el plazo no corre desde que dejó el trabajo ni desde los primeros síntomas, sino desde el diagnóstico formal y definitivo del organismo competente. El plazo general es de cinco años (art. 79 de la Ley 16.744) y en la silicosis es de quince años.

Volver a accidente del trabajo · Plazos para demandar

5 añosPlazo general desde el diagnóstico (art. 79 Ley 16.744)
15 añosPlazo especial en la silicosis
Sin costoLa evaluación inicial de su caso

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se cuenta el plazo para demandar?

Desde el diagnóstico formal y definitivo del organismo competente, no desde el cese ni desde los primeros síntomas.

  • Plazo general: cinco años (art. 79 Ley 16.744).
  • Silicosis: quince años.
¿Se puede demandar al empleador por una enfermedad del trabajo?

Sí, cuando la enfermedad se debe a que no adoptó las medidas de prevención exigibles.

  • Se reclama el daño moral y el lucro cesante no cubiertos.
  • Fundamento: art. 69 de la Ley 16.744.

Cuéntenos su caso

Una conversación breve basta para saber si hay algo que demandar. La evaluación no tiene costo y le respondemos el mismo día hábil, escriba por donde escriba.

Si prefiere que lo llamemos nosotros, deje su caso en el formulario. Con su teléfono nos basta para contactarlo.

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